Micelio
Auto26 de octubre de 2022

A- de 2022

Ponente Hernán Leandro Correa Cardozo

Demandante Fundacion Gestion Colombia Sana·Demandado Ministerio De Salud Y Proteccion Social Y Otros

Tema · dato duro
Demanda De Nulidad Y Restablecimiento De Derecho Interpuesta En Contra De Acto Administrativo Expedido Por Agente Liquidador De Eps.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto aparente de jurisdicción suscitado entre el Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Montería y el Juzgado Primero Laboral del Circuito de la misma ciudad.

Dicho conflicto se presentó por la interposición de una acción de nulidad y restablecimiento del derecho por parte de la Fundación Gestión Colombia Sana, en contra del Ministerio de Salud y Protección Social, la Superintendencia Nacional de Salud y la Caja de Compensación Familiar de Córdoba, la cual es una entidad en liquidación.

La acción tenía como fin declarar la nulidad de unas resoluciones a través de las cuales el agente liquidador negó el pago de las sumas reclamadas por concepto de servicios médicos prestados a los afiliados de la caja de compensación.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena determina que, no se cumple el presupuesto subjetivo para la configuración del conflicto, dado que la controversia no ha sido suscitada por al menos dos autoridades judiciales que pertenezcan a diferentes jurisdicciones y que reclamen o rechacen su competencia entre sí, puesto que juez laboral no suscitó un conflicto de jurisdicción con el juez administrativo, sino que expuso la competencia del juez civil.

Con base a lo anterior, la Corte decide declararse inhibida para resolver el conflicto y ordena remitir el expediente a Juzgado Primero Laboral del Circuito de Montería para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia debido a la falta de competencia, de conformidad con los argumentos esbozados en la parte motiva de esta providencia.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-1887 al Juzgado
  3. Primero. Laboral del Circuito de Montería, para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.